No me gustan las entradas largas, pero esta es un documento que me acaban de enviar acerca de la UPOV, quité algunos parrafillos para que no fuera tan extenso, pero no es tan sencillo.
Diviértanse con la lectura...
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Acta de la Comisión Especial que analiza el Convenio de Obtenciones Vegetales (UPOV), con la comparecencia de las personas representantes del Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO).
B. DISCUSIÓN DE PROYECTOS
APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES, Expediente N.º 16590
LA PRESIDENTA:
SEÑORA EVA CARAZO VARGAS:
(...)
Sin embargo, hoy queremos compartir algunas de las valoraciones generales que hacemos sobre este convenio, partiendo de que es una discusión que no es nueva, ni en esta Asamblea Legislativa como institución, ni en el marco de las organizaciones en el país y de los movimientos sociales.
Efectivamente, en el año 99, se dio una gran discusión en la Asamblea Legislativa sobre este convenio, se crearon comisiones especiales, se organizaron foros internacionales inclusive, y en esa ocasión, los diputados decidieron rechazar el convenio.
En el año 2002 se dejó prescribir y no es casual que eso haya sucedido, eso pasó, desde nuestra experiencia, en mucho por los múltiples cuestionamientos que se le han venido haciendo desde organizaciones campesinas, indígenas, ecologistas y sectores académicos, a lo largo del tiempo.
Esos cuestionamientos se mantienen, evidentemente, y pensamos que en este momento no es el interés o la necesidad nacional la que nos tiene discutiendo nuevamente sobre este convenio.
Hay algunos puntos sobre los cuales quisiéramos llamar su atención, nosotros partimos de que el Convenio UPOV no es una necesidad para el país, tenemos, por el contrario, muchas otras necesidades en el campo agropecuario, y este convenio más bien viene a dificultar la posibilidad de desarrollo de la agricultura nacional.
Este convenio, además, tiene la particularidad de que, a través del tiempo, con las diferentes actas que explicaba el expositor anterior, de la Oficina de Semillas, se ha ido volviendo cada vez más negativo, para los derechos de los agricultores y las personas, en general, que trabajan con variedad vegetaria.
Me parece que no quedó claro, anteriormente, que los países que firmaron el Convenio UPOV, en el 72, por ejemplo, tenían la posibilidad, cuando el acta se revisa en 1978 y después en 1991, ya sea de mantenerse en la versión anterior de UPOV, o de acoger las nuevas revisiones del acta.
Ahí, más de 200 países en el mundo, de esos 200 países, hay 65 que están en UPOV y hay 37 nada más, de esos 65 que acogieron el acta de 1991. Los llamamos a preguntarse por qué la gran mayoría de los países no han acogido este sistema de protección y a revisar también cuáles han sido las modificaciones que se han venido haciendo en este convenio, que hace que países con una larga tradición, no hayan acogido las nuevas versiones del acta.
Esto tiene que ver, generalmente, con que las nuevas revisiones de UPOV han ido restringiendo, cada vez más, los derechos de los agricultores y priorizando los derechos de los fitomejoradores, incluso en detrimento de las necesidades de la agricultura, de la necesidad de producción de alimentos.
Se ha extendido el derecho de obtentor a las exportaciones, a las importaciones y a los productos de la cosecha, que es un tema muy importante para nosotros. Se han ampliado los plazos e, igualmente, se han restringido las posibilidades de utilización de las variedades protegidas.
Voy a referirme un poco a eso, que es uno de los temas que nos preocupa, efectivamente. Si bien se menciona, por ejemplo, que el Convenio UPOV no puede utilizarse para proteger hallazgos, sencillamente, sino que deberían, en teoría, ser variedades mejoradas que hayan tenido un proceso de mejoramiento, de inversión, y que haya creado una variedad nueva, que no existía, esa es la lógica de la propiedad intelectual, por lo menos en filosofía, no necesariamente funciona así.
(...)
Estas están a partir del artículo 11, que empieza estableciendo las condiciones de protección y nos habla, por ejemplo, de que una variedad, para poder registrarse bajo UPOV, tiene que ser nueva.
Bajo una lógica de sentido común, uno pensaría que algo nuevo es algo que no existía, y que entonces, en este sistema se están protegiendo variedades que se crearon, que antes no existían y que son una nueva creación. Sin embargo, se mencionaba anteriormente, que la definición del convenio, en términos de UPOV es una definición comercial, efectivamente, y esa definición dice que una variedad es considerada nueva si no ha sido vendida o entregada de manera lícita a terceros, por el obtentor o su causahabiente, es decir, como requisito para “proteger” en el marco de UPOV, no se demanda que existe un proceso de innovación de cambio en una variedad, sino solamente que no haya sido puesta en el marco comercial.
Se habla también del segundo requisito de distinción, y uno podría pensar: “bueno, es una variedad diferente, que no estaba presente anteriormente”, pero, cuando vamos a la definición del convenio, se dice que una variedad será considerada distinta si es posible diferenciarla claramente de otra variedad que sea notoriamente conocida, y cuando vamos a la definición de “notoriamente conocida”, igualmente, nos limita en términos de que se indica que es una variedad que esté inscrita en un registro de variedad, que se encuentra en colecciones de referencia, que esté en procesos de comercialización y que sea objeto de una descripción precisa publicada en el ámbito nacional e internacional.
¿Qué sucede con este tema entonces? Es perfectamente posible que en el marco de UPOV y dentro de toda la legalidad, se registren variedades que estén en uso en comunidades indígenas o en comunidades campesinas, que, bajo las definiciones del convenio, se entienden como nuevas y distintas y si cumplen con los otros requisitos de homogeneidad y estabilidad, perfectamente podrían ser registradas sin que esa comunidad tenga ni siquiera conocimiento de que eso está sucediendo, porque cumple con los requisitos del convenio.
(...)ya ha venido sucediendo. (...), el caso de un frijol mexicano, el frijol Enola, es el nombre con el cual fue patentado en los Estados Unidos, es un frijol históricamente en uso en las comunidades mexicanas, hay una empresa de semillas estadounidenses, se llama POD-NERS. El dueño de esta empresa compra una bolsa de frijoles comerciales en México, se lo lleva a Estados Unidos, empieza a reproducir los frijoles amarillos, que se estaban utilizando en México, y lo registra con derechos de obtentor, además con una patente, con una doble protección y empieza a demandar a los cultivadores mexicanos por estar utilizando un frijol en México, que ellos habían utilizado siempre, un frijol que registró como suyo en los Estados Unidos.
Eso generó una demanda de muchísimos años, la patente fue concedida y la demanda viene cuando el obtentor de este frijol demanda a los campesinos mexicanos, por seguir usando lo que han usado siempre.
Como ese, hay otros ejemplos, hay un estudio que si realmente les interesa, se lo podemos hacer llegar, que identifica 147 casos, en los cuales se han registrado bajo propiedad intelectual y bajo derechos de obtentor, variedades que ya estaban en uso en comunidades indígenas y campesinas. Eso es lo que viene a hacer este Convenio de la UPOV, eso es lo que viene a facilitar, respondiendo a necesidades que no son nuestras, sino de nuestros agricultores.
(...)
SEÑORA HANNIA VILLALOBOS MARTÍNEZ:
En el tema de la semilla, me llamó mucho la atención que causó una serie de preguntas y yo quisiera pensar que es una preocupación que sienten ustedes, señoras y señores diputados, en torno a este tema.
(...) El agricultor no maneja vocabulario muy técnico. Ustedes hablan con ellos y el lenguaje es muy sencillo.
¿Cómo hacer para entender un proyecto de ley que tiene implicaciones éticas y morales, económicas, tan fuertes y cómo nosotros llegar y venir a decir: “miren, como productores, estamos en contra”? ¿Y por qué yo digo que como productores?, porque todos, en algún momento, nos hemos ufanado de nuestras raíces campesinas.
A la hora en que nosotros llegamos y empezamos a leer el proyecto, primero, no entendemos lo que quiere decir eso. Pero sí nos preocupa mucho el hecho... A mí, les voy a ser sincera, me preocupa mucho cuando en la parte del proyecto dice: “excepciones”, y voy a tomar literal: “dentro de los limites racionales y a criterio del obtentor”.
(...), eso me está limitando a mí, o sea, yo estoy en desventaja con ese obtentor, con esa persona que está obteniendo ese derecho. Y habla también la ley de pago de regalías al obtentor, o sea, yo como productora, tengo que pagarle a esa persona que tiene ese derecho sobre una semilla.
(...)
(...)
Por eso, desde mi papel de productora, me duele mucho, porque lo poquito que yo entiendo de esta ley, me asusta, me da mucho miedo. Y si vamos a perder nuestra independencia por las cosas que vienen de afuera, me sentiría mucho más triste, porque estas canas me han enseñado que lo que yo viví de pequeñita, lastimosamente, ya no lo vivieron mis hijos ni mis nietos, y eso me duele mucho.
(...)
DOCTOR JAIME GARCÍA GONZÁLEZ:
(...) Cuando se viene a discutir una ley como esta o cualquier otra ley, yo pienso que hay preguntas básicas que debemos hacernos, que no nos estamos haciendo, y una de ellas es para qué y para quiénes, sería otra pregunta, o sea, ¿a quiénes va a favorecer este tipo de legislación?
En una ocasión, hace unas semanas, escuché a una representante del Ministerio de Comercio Exterior, hablando con uno de los diputados, tratando de explicarle de qué trataba esta ley, le decía: “Mire, para que entienda, esto es como si fuera un libro, como si fuera un disco, es exactamente la misma cosa”. Y entonces, yo me preguntaba: ¿cómo va a ser la misma cosa?, aquí estamos hablando de cosas vivas, no estoy hablando de cosas inertes, estamos hablando de cosas imprescindibles, la comida, ahí estamos todos.
(...)
(...) y si es tan buena y ahí me dicen que tendría estas y estas ventajas, por favor, ¿dónde están los datos que respaldan y que hacen ver que tendríamos todas esas ventajas? Yo no veo esos estudios.
(...)
LA PRESIDENTA:
(...)
Nosotros aquí en Costa Rica hemos usado o semillas que son híbridos o semillas de polinización, exceptuando a los indígenas, porque ellos casi no usan híbridos, ellos tienen sus propias variedades.
Más o menos un 98% de las variedades que usamos aquí en Costa Rica son variedades híbridas. (...)
Realmente nos hemos beneficiado de estas variedades, que son extranjeras, la mayoría no son nuestras, no son autóctonas nuestras, las importamos, las utilizamos, son las que hemos usado en nuestra agricultura a través del tiempo, y yo diría, no sé, tal vez es mi apreciación, pienso que nosotros aquí podríamos utilizar, (...) tenemos maravillosa gente en investigación en este país, pienso que podríamos coger variedades y mejorarlas y patentarlas, quitemos la palabra “patente” porque no es patente, pero podríamos protegerlas y sacar provecho.
Esa es mi pregunta para ustedes: ¿no creen ustedes que nosotros, (...) cómo hacemos para utilizar de esto lo mejor y sacarle provecho a un convenio de esta naturaleza?
SEÑORA HANNIA VILLALOBOS MARTÍNEZ:
(...)respuesta al diputado Salazar Rojas.
En relación con la Ley de Agricultura Orgánica,(...)nos motiva a seguir creyendo que la agricultura orgánica no es solamente no uso de agroquímicos, la agricultura orgánica conlleva toda una filosofía, una forma de vida, una forma de relacionarme no solamente con la tierra, no solamente con el consumidor, porque damos un paso más allá, la relación con el consumidor y con mi familia.
Cuando se aprueba la Ley de Agricultura Orgánica, nos sentimos que está reconociendo todo el esfuerzo y el sacrificio que como productores orgánicos estamos llevando a cabo, porque no es en sencillo producir en las condiciones en las que nosotros producimos. (...)
(...)
Cuando viene la ley de UPOV, por un lado, me dan unas condiciones y por otro lado, me amarran y ¿cómo voy a producir yo si la ley de UPOV me va a impedir a mí producir en las condiciones en que estoy produciendo?, me impide que yo maneje mi semilla, me impide que yo guarde mi semilla, me dice que yo tengo que pagarle a alguien que viene de afuera, pagarle regalías cada vez que estoy utilizando la semilla.
¿Cómo hacen los agricultores para producir? No podemos. ¿Cómo puedo yo trabajar ahora sin una computadora? Ahora le pasa algo a la computadora y nos morimos, estamos muertos. ¿Cómo voy a ser yo para producir sin la semilla, si es el recurso fundamental para que yo produzca?
Eso a mí me preocupa mucho, me asusta y yo realmente les digo, por favor, revisen esa ley, no la aprueben.
(...)
Vean todo lo que hay y estamos hablando solamente del Convenio de UPOV, es que no es solamente pagar regalías, es todo lo que eso implica. Es el tema de las transnacionales vendiéndome a mí las semilla, es el tema de las transnacionales vendiéndome los agroquímicos y estamos hablando del tema de salud, mi salud, la salud comunitaria, la salud de la gente, y estamos hablando de la alimentación.
(...)
¿Qué pasa con esa semilla? Nosotros creemos que sí puede haber alianzas entre las academias y los agricultores, claro, hay un conocimiento técnico y el conocimiento con el agricultor es complementario. Nosotros no estamos peleando como productores con las academias, no, vengan, hagamos un trabajo conjunto pero no nos roben el conocimiento.
¿Qué pasa con la gente que viene a hacer investigaciones? Llegan y se roban el conocimiento, porque nos ha pasado muchas veces, vienen, hacen las tesis, se llevan el conocimiento de nosotros y presentan sus tesis y ni siquiera nos invitan a las defensas de las tesis. Eso nos pasa.
(...)
En ese sentido, ¿para qué ley de UPOV, para qué quiero yo la ley de UPOV? A mí, la ley UPOV no me sirve para nada, a mí no me ayuda, a mí me asusta, me avergüenza que venga alguien presionándome de afuera para que los señores y las señoras diputadas aprueben esa ley.
SEÑORA EVA CARAZO VARGAS:
(...) revisen con mucho detalle el artículo 14 del Convenio, porque todas esas limitaciones que él planteaba vienen de UPOV, no es una interpretación abierta, está claramente escrito. Don José nos preguntaba si se excluye el derecho al uso propio, de las semillas. Efectivamente, en las versiones anteriores de UPOV hasta el 78 y es el mismo sistema que funciona en este momento.
Si Hannia va y compra en ¢11.000 (once mil colones) la semilla de zanahoria, una vez que la compró, esa semilla es de ella y ella puede hacer con esa semilla lo que quiera, puede sembrarla, puede regalarla, puede intercambiarla. De hecho el mejoramiento campesino depende mucho de ese intercambio de semilla, no de la que uno compra, sino de la cosecha se saca semilla que se intercambia y se reproduce colectivamente.
En este momento funciona así y hasta el Acta del 78 funcionaba así, por lo que se le garantizaba al fitomejorador un ingreso al vender su semilla mejorada. Pero ahí llegaba el derecho. En el acta del 91, vean el artículo 14, los incisos 2 y 3, incluso el 4, ese derecho del fitomejorador llega hasta los productos de la cosecha. Entonces, si Hannia me regaló semilla que ella compró, protegida bajo el derecho de obtentor y ella la compró legalmente, pero me la regaló a mÍ y yo no pagué el derecho, ella no me la podía haber regalado, pero me la regaló, yo no pagué ese derecho, yo la sembré y de ahí saqué el maíz y de ahí se hizo la harina y se hicieron las tortillas, y hasta ahí llega el incumplimiento de los derechos del obtentor.
Y el obtentor hasta la persona que está vendiendo esas tortillas, puede llegar a exigirle el pago de las regalías, porque no se le está reconociendo su derecho y eso está claramente especificado en el Convenio, y además, el proyecto de Ley de Obtenciones Vegetales que se está discutiendo en el Plenario establece un montón de medidas cautelares y de sanciones, que convierten prácticamente en un delincuente al agricultor que haga eso. Se está penalizando una práctica tradicional, histórica.
La semilla no se puede intercambiar o mejorar, sin volver a pagar.
Las contradicciones con la Convención de Diversidad Biológica y la Ley de Biodiversidad son amplias, empezando porque el mismo don Orlando Carrillo, de la Oficina de Semillas, reconocía que este Convenio no pretende meterse con bioprospección ni con protecciones de la biodiversidad, para eso hay otras leyes. El problema es que este Convenio limita el impacto de esas otras leyes que sí estaban protegiendo la biodiversidad.
(...)
En el caso de la Ley de Biodiversidad, quedaría como legislación inferior, entonces, simplemente no se podría aplicar en tanto que estaría en contra del Convenio, y entraría en una contradicción directa con la Comisión de Diversidad Biológica.
(...)
Cuando estamos hablando de transgénicos, estamos hablando de una tecnología muy nueva, con impactos muy graves, que debería de tener un tratamiento diferenciado. Eso ustedes lo reconocieron, y aprovecho para agradecer el apoyo unánime que tuvimos de esta Asamblea Legislativa, en la aprobación de la Ley de Fomento de la Agricultura Orgánica, esa misma ley reconoce que los transgénicos hay que regularlos de cierta forma y la legislación que tenemos en Costa Rica, hasta este momento, lo regula de forma particular, por un principio de precaución, porque en el momento en que se liberan al ambiente, generan riesgos de contaminación irreversibles.
(...)
Este Convenio, muchas veces se presenta como un estimulo para la investigación y que ahora sí los investigadores van a proteger su trabajo. En realidad, hay estudios que demuestran que ha sido un desestímulo, porque como los investigadores quieren patentar, y yo sí uso la palabra, porque los efectos son los mismos, como quieren patentar el resultado final de su trabajo, han disminuido muchísimo los avances de investigación que se publican, por ejemplo, porque la gente no quiere dar a conocer en qué es en lo que está trabajando para que nadie patente antes que ellos.
Entonces, más bien los flujos de investigación y de revisión científica entre investigadores, han disminuido mucho y en la práctica quienes aprovechan este tipo de sistemas, no es la investigación nacional y los porcentajes de registro, corresponden, sobre todo, a personas fuera de los países y a empresas fuera de los países, en porcentajes muy altos.
Eso no significa que no debiéramos de incentivar y fortalecer la investigación nacional, pero este Convenio y los sistemas de propiedad intelectual, no son un camino que permita hacer eso.
DOCTOR JAIME GARCÍA GONZÁLEZ:
(...)
Vean ustedes que el tema de las excepciones, en realidad, son limitadas. Y así debería de decirse, excepciones con limitación, porque es cierto, se puede usar para fines no comerciales, para fines experimentales y para creación de nuevas variedades. Sí, pero si usted logra algo interesante ahí, ya está condicionado, no es que usted pueda hacer y seguir adelante, no, tiene que pedirle al obtentor un permiso o pagarle lo que él le quiera pedir para seguir adelante. Hay una limitación, se habla de una excepción pero es limitada.
El asunto de proteger las variedades nacionales, por supuesto que es importante, para eso pienso yo que se debe de mejorar la legislación nacional.
(...)
Y todo esto viene a limitar la investigación, como bien lo señaló aquí Eva, entonces, se nos dice que no, que todo eso va a motivar más, bueno, veamos los resultados, cada vez hay menos publicaciones en las universidades. Cuando hay este tipo de convenios, financiados por corporaciones internacionales, porque limitan, porque una vez que se publica, es público. Por supuesto, ya no se puede patentar, una vez que eso es público.
La investigación en Costa Rica está básicamente en manos de instituciones públicas, que son financiadas por todos nosotros, por lo cual los resultados, obviamente, tienen que ser de dominio público.
Y hagámonos esta pregunta: al final, ¿dónde terminan los derechos de obtentor? Ubiquémonos también en un contexto, Costa Rica ¿qué es Costa Rica en función del mundo?, ¿cuántas patentes tenemos registradas o cuestiones relacionadas con estos tema de propiedad intelectual? ¿Adónde terminan, cualquier cosa que saquemos de aquí, dónde termina al final?, lo llegan a comprar estas corporaciones, ahí terminan, por cualquier cosa. Y aunque así no lo fuera, vuelvo al principio, estamos hablando de cosas básicas, o sea, no de chunches, de los cuales podemos prescindir.
(...)
Dejar esta inquietud fuera de ese otro montón de inquietudes técnicas que tienen, y que son muy razonables y, sobre todo, apegarse a los hechos, aquí no estamos hablando de nada etéreo, es algo muy concreto. ¿Dónde están esos hechos? Dónde están y analizarlos, obviamente.
Gracias.
(...)
02 noviembre 2007
MAOCO vrs UPOV
Publicadas por GAlcidesS a la/s 11:54 a. m.
Etiquetas: costa rica, obtentor, potección vegetal, tlc, UPV, vegetales
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4 comentarios:
Galci, que bárbaro. Mejor nos buscamos un diputado que nos contrate de asesores.
Un punto rápido, prácticamente todos los países latinoamericanos que le comenté antes, se unieron DESPUES del 91, por lo que el argumento de que se pueden acoger a versiones anteriores del tratado NO se aplicaría a esos países.
Esto lo puede ver aquí. Son como 45 países que se metieron después del 91 (otra vez, me llama la atención que Brasil entrara en el 99).
De hecho, en esta página puede ver todos los convenios de propiedad intelectual, quiénes están adentro y cuando se metieron.
El caso del frijol pirateado es realmente alarmante. Sin embargo, no tiene nada que ver con el UPOV (vea que el artículo no lo mneciona ni una vez). El problema fue en el departamento de patentes de USA. Observe que el "vivazo" nunca trató de evitar que se sembrara y comercializara el frijol fuera de USA (ahí sí, se hubiera tenido que acoger a un convenio internacional) sino que trató de sacarle provecho a la patente que le habían dado únicamente en su país.
Creo que estaríamos expuestos a loqueras de estas dentro o fuera del UPOV...
Eso Terox, ahorita no tengo tiempo, pero luego le contesto.
Estamos hablando.
Mi viejo, ta largo el post, pero interesante. Te estàs conviertiendo en un buen sucesor de cierto cornudo desaparecido en dìas pasados..
Saludos del Capitàn Melcocha!!
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